Santa Fe, 03-03-2026
Capital de Noticias

Piden que la nueva Constitución declare intransferible a la Caja de Jubilaciones de Santa Fe

20-08-2025

Gremios exigen que esté escrito en la Carta Magna. Temen que la redacción le de libertad de acción a los gobiernos de turno.

Ante el reciente dictamen de la Comisión de Funcionamiento del Estado y Participación Ciudadana en el marco de la reforma constitucional, UPCN ratificó su postura de que la Caja Previsional debe mantenerse bajo la administración provincial, pública, de reparto solidario e indelegable, y sus recursos deben ser intangibles, sin posibilidad de ser utilizados para otros fines.

En un comunicado emitido hoy, el sindicato de empleados estatales destaca que, «si bien valoramos que la redacción propuesta introduce principios como la sostenibilidad, transparencia y la equidad distributiva, y protege el patrimonio de la Caja, consideramos fundamental que la Constitución la establezca como intransferible a toda eventualidad futura. El texto ahora redactado no alcanza para asegurar, frente al riesgo latente de posibles
modificaciones o transferencias desde instancias nacionales, que la administración de nuestra Caja quede en manos del Gobierno provincial».

Ante esta situación, UPCN exige que se incorpore explícitamente en la Carta Magna el carácter intransferible de la Caja y que se preserve su autonomía administrativa en manos de la Provincia.

Sus pares de ATE también realizaron el mismo reclamo y recordaron que en el texto propuesto por la Ley 14.384, que habilitó la Reforma Constitucional, en su Artículo 21 propone: “Establecer que las jubilaciones y pensiones de los empleados públicos provinciales sean atendidas por medio de un régimen público de reparto basado en la solidaridad, a cargo de una institución del Estado provincial de carácter intransferible a otras jurisdicciones.”

En ese sentido, desde ATE advirtieron que en el dictamen de Comisión conocido en el día de ayer, no se establece explícitamente la intransferencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones a otras Jurisdicciones. Si bien la redacción propuesta por la Comisión expresa que “La Provincia organiza un sistema de seguridad social con carácter integral e irrenunciable” y que “El sistema previsional de los agentes públicos del Estado provincial se financia mediante un mecanismo de reparto solidario de carácter público e indelegable”, no se menciona expresamente que es “intransferible a otras jurisdicciones”.

En la misma dirección se expresó el gremio docente de AMSAFE. «Nosotros hemos planteado que la Caja es intransferible, es de los jubilados y pensionados de la provincia de Santa Fe. Sabemos del dictamen y esperamos que el pleno de la Convención Constituyente trabaje a favor del pueblo».